Cadena de Formación de Emprendedores, Valnalon Educa

Ciudad Industrial del Valle del Nalón S.A.U. C/ Hornos Altos s/n, 33930 La Felguera, Asturias. España

Empresa Joven Europea

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Cooperativa Canterallande

  • Presentación

    Somos un grupo de ocho alumnos/as de 4º de la ESO del CPEB Pola de Allande y nuestra cooperativa representa la esencia de la colaboración y el desarrollo comunicativo.

    Nuestros principales valores son la solaridaridad y la sostenibilidad, nuestra cooperativa impulsa iniciativas empresariales locales. El proyecto EJE es el motor que impulsa nuestras metas, canalizando esfuerzos hacia el crecimiento económico inclusivo.

    Con el proyecto EJE, durante el curso escolar, los estudiantes creamos una cooperativa en el aula que va a trabajar con otra cooperativa socia de otra región que se encuentra desarrollando el mismo trabajo, con la finalidad de llegar a un intercambio real de productos que finalmente se van a vender en su mercado local.

    En el primer trimestre crearemos la empresa y realizaremos nuestra primera venta intermedia con una cesta de navidad.

    En el segundo trimestre crearemos el catálogo de los productos que vamos a vender y nos asignaran una cooperativa con la que intercambiar productos.

    En el tercer trimestre tras la venta repartiremos los beneficios y donaremos un porcentaje de ellos a la asociación GALBÁN.

    (Galbán es una asociación con un objetivo principal “mejorar la calidad de la vida de los niños con cáncer y la de sus familias”)

    Foto de grupo

    Organigrama

     

     

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    Estatutos

    TÍTULO I.- DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO 

    Artículo 1º.- Denominación y régimen legal 
    La sociedad se denominará» Canterallande, S.Coop.», constituida como sociedad cooperativa didáctica, dotada de plena personalidad jurídica, que se regirá por los presentes estatutos y por la Ley 27/99, de 16 de julio, de Cooperativas, así como por las disposiciones legales que le sean aplicables en cada momento. 

    Artículo 2º.- Duración. 
    La sociedad tendrá una duración de 9 meses, dándose comienzo al inicio de octubre de 2023 a junio de 2024 que se otorgue su escritura de constitución, sin perjuicio de las consecuencias legales previstas para los actos y contratos celebrados en nombre de la sociedad en momentos anteriores al de su inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas. 

    Artículo 3º.- Domicilio social. 
    El domicilio social se halla situado en el C.P.E.B Pola de Allande, calle Las Veigas, s/n, 33880, por ser éste el lugar en el que radican su efectiva dirección y administración. 
    Artículo 4º.- Ámbito territorial. 
    El ámbito territorial de actividad de la Sociedad Cooperativa es España. 

    Artículo 5º.- Objeto social. 
    La Cooperativa tendrá como objeto social realizar actividades eco- nómicas con fines eminentemente educativos y cívicos.  

    TÍTULO II.- DE LOS SOCIOS 

    Artículo 7º.- Personas que pueden ser socios 
    Pueden ser socios de la presente Cooperativa de Servicios las personas físicas o jurídicas que sean estudiantes de 4º de la E.S.O de la asignatura de Taller de Economía Aplicada, según lo señalado en el Objeto Social de los presentes Estatutos. 

    Artículo 8º.- Adquisición de la condición de socio 
    Son socios los promotores de la presente Cooperativa que constan como tales en la escritura de constitución de la misma. 

    Artículo 9º.- Obligaciones de los socios 
    Los socios están obligados a: 
    a) Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos sociales de la cooperativa. 
    b) Participar en las actividades cooperativizadas que desarrolla la cooperativa para el cumplimiento de su fin social, en la siguiente cuantía mínima obligatoria: 8€ 
    c) Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pueda perjudicar a los intereses sociales lícitos. 
    d) Aceptar los cargos para los que fueren elegidos, salvo justa causa de excusa. 
    e) Cumplir con las obligaciones económicas que le correspondan. 
    f) No realizar actividades competitivas con las actividades empresariales que desarrolle la cooperativa, salvo autorización expresa del Consejo Rector/Administrador único. 

    g) Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. 
    h) A la formación profesional adecuada para realizar su trabajo los socios trabajadores y los socios de trabajo. 

     
    Artículo 10º.- Derecho de información 
    Todo socio de la cooperativa podrá ejercitar el derecho de información en los términos previstos en el artículo 16.3 de la Ley 27/99, de 16 de julio, de Cooperativas, en los presentes Estatutos o en los acuerdos de la Asamblea General. 

    Sección Primera: Asamblea General 

    Artículo 11º.- Asamblea General 
    Es la reunión de los socios constituida con el objeto de deliberar y adoptar acuerdos sobre aquellos asuntos que, legal o estatutariamente, sean de su competencia, vinculando las decisiones adoptadas a todos los socios de la cooperativa. 

    Artículo 12º.- Acta de la Asamblea 
    El acta de la Asamblea será redactada por la Secretaria y expresará, en todo caso, lugar, fecha y hora de la reunión, relación de asistentes, si se celebra en primera o segunda convocatoria, manifestación de la existencia de quórum suficiente para su válida constitución, señalamiento del orden del día, resumen de las deliberaciones e intervenciones que se haya solicitado su constancia en el acta, así como la transcripción de los acuerdos adoptados con los resultados de las votaciones. 

    Sección tercera. - De la intervención 

    Artículo 13º.- Informe de las cuentas anuales 
    Las cuentas anuales y el informe de gestión, antes de ser presentados para su aprobación a la Asamblea General, deben ser censurados por el interventor o interventores. 
    El informe definitivo deberá ser formulado y puesto a disposición del Consejo Rector/Administrador único en junio de 2024. En caso de disconformidad, los interventores deberán emitir informe por separado. En tanto no se haya emitido el informe o transcurrido el plazo para hacerlo, no podrá ser convocada la Asamblea General a cuya aprobación deban someterse las cuentas. 

    TÍTULO III.- RÉGIMEN ECONÓMICO 

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    Diario

    Cooperativa Canterallande

    Centro: C.P.E.B Pola de Allande

    Direccion: Calle de Las Vegas, Pola de Allande , 33880, Asturias, España

    Correo Electrónico: canterallande@gmail.com

    Alumnos/as: 8

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