Cadena de Formación de Emprendedores, Valnalon Educa

Ciudad Industrial del Valle del Nalón S.A.U. C/ Hornos Altos s/n, 33930 La Felguera, Asturias. España

Empresa Joven Europea

Contenido Pie de página

Cooperativa IMOCORP

  • Presentación

    Hola, somos los integrantes de una cooperativa del IMO Salvador Seguí, situado en Lleida Catalunya.

    Nuestra cooperativa se llama "ImoCorp" por el nombre "IMO" de nuestro centro y "Corp" de corporación. Nuestro logo de la cooperativa está pensado en el Castillo de la Seu Vella, el monumento cultural histórico de Lleida más importante de nuestra ciudad.

    Nuestra empresa esta gobernada, gestionada y financiada por nosotros mismos, nos ayudamos unos a otros, tratando de hacer nuestro trabajo más ameno y cordial.

    Nuestro objetivo es aprender a gestionar una empresa entre gente de 16 a 18 años. Somos un total de 16 alumnos del PTT de Auxiliares de venta, oficina y atención al público con entusiasmo y ganas de aprender a trabajar en equipo y acercarnos a una realidad laboral más real.

    Cordialmente el equipo ImoCorp.

    ______________________________________________________________________

    Hola, som els integrants d´una cooperativa del IMO Salvador Seguí, situat a LLeida Catalunya.

    La nostra cooperativa es diu "ImoCorp" pel nom "IMO" del nostre centre i "Corp" de corporació. El nostre logo de la cooperativa està pensat en el Castell de la Seu Vella, el monument cultural històric de LLeida més important de la nostra ciutat.

    La nostra empresa esta governada, gestionada i finançada per nosaltres mateixos, ens ajudem els uns als altres tratant de fer el nostre treball més amé i cordial.

    EL nostre objectiu es aprendre a gestionar una empressa entre gent de 16 a 18 anys. Som un total de 16 alumnes del PTT d´Auxiliars de venta, oficina i atenció al púbulic amb entusiasme d´aprendre a treballar en equip  i apropar-nos a una realitat laboral més real.

    Cordialment el equip ImoCorp.

    Salutacions

    Foto de grupo

    Organigrama

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    Estatutos

                       IMOCORP

    Artículo 1. Denominación y Creación.

    Con la denominación de IMOCORP, se constituye una sociedad cooperativa participativa, domiciliada en el Institut Municipal d´Ocupació Salvador Seguí, C/ Pare Palau nº5, 25005 de Lleida.


    Artículo 2. Objeto y actividades.

    El objeto de esta sociedad cooperativa es conocer el mundo laboral y ver una empresa desde dentro. Todos los socios trabajadores deben aplicar su trabajo a este objeto, según sus condiciones de aptitud y capacitación profesional.

    La cooperativa se crea en el marco del proyecto educativo Empresa Joven Europea con la finalidad eminentemente didáctica que permitirá a sus integrantes:

    Ø  Conocer y poner en práctica los valores de la cooperación: equidad, democracia, igualdad y solidaridad.

    Ø  Tomar decisiones democráticamente.

    Ø  Gestionar un proyecto de forma cooperativa.

    Ø  Tener un primer contacto con la creación y gestión de una empresa.


    Esta cooperativa no está legalmente constituida. No obstante, quedará registrada en el REGISTRO CENTRAL DE COOPERATIVAS EJE y será administrada según las reglas de funcionamiento de una cooperativa real.

    Ø  Promoverá la participación de los socios trabajadores.

    Ø  Será administrada por los socios trabajadores.

    Ø  Contribuirá a la formación de los socios trabajadores.

     

     

    Artículo 3. Duración La sociedad

    Se constituye por tiempo hasta que termine el curso 2015/2016. Tendrá duración determinada, será activa desde el momento en que se solicite su inscripción en el Registro Central de Cooperativas EJE, Octubre 2015 y se dará por finalizada su actividad el último día de curso escolar, junio 2016.



    Artículo 4. Ámbito territorial y dedicación


    El Ámbito de actuación de nuestras operaciones se llevará a cabo a nivel local, provincial, comarcal, nacional o europeo siempre de acuerdo con la supervisión y diligencia del Proyecto EJE.


    Nos dedicaremos a comercializar productos alimenticios en gran mayoría. No obstante, también existe la previsión de comercializar con otros productos típicos regionales que no sean de carácter alimentario como lo pueden ser artículos de artesanía, textil, fabricación propia u otros.


    ARTÍCULO 5. CAPÍTULO II. DE LAS PERSONAS SOCIAS


    Los socios de la cooperativa son los estudiantes que promueven la creación de la cooperativa y solicitan su registro en el REGISTRO CENTRAL DE COOPERATIVAS EJE.


    Cada uno de los miembros debe realizar una aportación de capital. Esta aportación hace que los socios se comprometan a trabajar para conseguir los objetivos de la cooperativa y a respetar las reglas de funcionamiento.


    Tienen derecho a ser socios de la cooperativa cada uno de los alumnos del PTT de auxiliar de Ventas, oficina y atención al público del Institut Municipal D´ocupació Salvador Seguí de Lleida.


    Artículo 6. Capital Social:


    El capital social de la cooperativa está constituido por todas las aportaciones realizadas por los socios de la misma.


    Para adquirir la condición de socio cada miembro deberá hacer la aportación de 5 €. El día máximo de entrega del dinero es hasta el 30 de Diciembre de 2015 y se entregará en mano a los responsables del Departamento de Contabilidad dentro del aula en presencia del grupo clase y con la caja roja abierta.


    Una vez realizada la aportación, el miembro recibirá un certificado que acreditará su condición de socio. La propiedad de la aportación social se intransferible.


    La cooperativa podrá aceptar la donación y aportación de cantidades dadas desinteresadamente para poder desarrollar las actividades propias de la misma. Dichas cantidades pasarán a formar parte del capital social común.


    El hecho de realizar la aportación inicial es una condición necesaria pero no suficiente para optar a la devolución de la misma ya la distribución del excedente.


    Devolución del capital social


    La devolución de la aportación se realizará al final de curso una vez satisfechas todas las deudas contraídas con otras cooperativas.

     

    Artículo 7. Obligaciones de los socios:


    Los socios están obligados a:

    Ø  Hacer el desembolso de la aportación comprometida y cumplir las obligaciones económicas que les corresponda.

    Ø  Asistir a las reuniones de las asambleas generales y de otros órganos por los que sean convocados.

    Ø  Aceptar los cargos sociales salvo causa justificada apreciada por la Asamblea General.

    Ø  Acatar las decisiones adoptadas de manera democrática por la cooperativa.

    Ø  Realizar las actividades de trabajo que constituyen el objeto de la cooperativa, dentro de la categoría y especialidad que haya asignado o reconocido a cada uno de forma nominal e individual.

    Ø  No dedicarse a actividades de competencia con las de la cooperativa ni colaborar con quien las lleve a cabo, a menos que sean expresamente autorizadas por la Asamblea General.

    Ø  Participar en las actividades de formación e interoperación.

    Ø  Guardar secreto sobre los asuntos y datos de la cooperativa, cuya divulgación pueda perjudicar los intereses sociales.

    Ø  Hay que ser puntuales a las clases EJE, aportar ideas y soluciones, ser participativos en el funcionamiento. Si los socios no lo son y no son justificadas de forma oficializada podrán recibir sanciones por la Asamblea (la llamada del responsable tutelar del menor también se acredita en Asamblea como justificación oficializada).

    Ø  Hay que ser respetuosos con el resto de socios, dentro de nuestra cooperativa con las cooperativas socias.

    Ø  Podremos presentar las reclamaciones o desacuerdos ante la asamblea en reunión atendiendo a la figura del moderador (Fode y / o Sergio) y de la orden del día.

     

    Hay que administrar la cooperativa en relación a las siguientes reglas básicas:

    Ø  Debemos participar todos en las actividades de la cooperativa, todos somos socios y también todos somos trabajadores de la misma, indiferentemente del cargo que ocupamos jerárquicamente.

    Ø  La administración de la cooperativa es exclusiva de los trabajadores.

    Ø  De existir beneficios, este no podrán ser repartidos en función de capital aportado, sino en función del trabajo realizado por la cooperativa y una vez ésta haya quedado agotada.



    Artículo 8. Derechos de los socios:


    Los socios tienen derecho a,

    Ø  Participar en el objeto social de la cooperativa.

    Ø  Ser elector y elegible para los cargos sociales.

    Ø  Participar con voz y voto en la adopción de acuerdos de la Asamblea General y de otros órganos sociales de los que ni forman parte.

    Ø  Obtener información sobre cualquier aspecto del funcionamiento de la cooperativa.

    Ø  Participar en los excedentes, en proporción al trabajo desarrollado dentro de la cooperativa (y nunca exclusivamente a la aportación del capital aportado inicialmente.

    Ø  Realizar una prestación de trabajo en la cooperativa y cobrar las cantidades a cuenta o anticipos, sin discriminación.

    Ø  Todo lo que resulte de las normas legales y estatutarias, y de los demás acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la cooperativa.



    Artículo 9. La organización y Responsabilidad


    La responsabilidad de la gestión recae en los miembros de la cooperativa. Los socios forman la Asamblea General. Los miembros presentes en la Asamblea constituyen el quórum.

    Los miembros presentes en la Asamblea General eligen a sus representantes que formarán el consejo de administración de la cooperativa.


    • Presidente: Pablo Marín


    • Vicepresidente: Adam El Khamri


    • Secretario: Marc Lloret


    También los socios elegirán a los coordinadores de los diferentes departamentos de la cooperativa:



    • Coordinador Departamento Contabilidad: Leo Paniago y Elisenda García


    • Coordinador Departamento Administración: Irene Ribas y David Pérez


    • Coordinador Departamento I + D: Robert Popa y Cosmin Puscasu


    • Coordinador Departamento Marketing: Rafa Paniago y Paula Pañella


    • Coordinador Departamento Comercial: Fode Ndiaye, Hasna Slits, Sergio Martínez, Alieu Sissouh, Andrei carcomido




    Estos son los encargados de llevar a la práctica las decisiones tomadas por los miembros de la cooperativa y de dar explicaciones a todos los socios en las sucesivas reuniones.


    El presidente, el secretario y el tesorero son las personas autorizadas para firmar documentos en nombre de la cooperativa.


    A final de curso será preciso presentar un informe anual de las actividades ante la Asamblea de toda su actividad y resultados.




    Artículo 10. Los Beneficios o Pérdidas


    En el caso de que obtengamos beneficios, éstos no podrán ser repartidos hasta final de curso y el reparto se llevará a cabo de la siguiente forma:


    1. Pagar todos los gastos, deudas que la cooperativa haya generado.


    2. Cancelar las deudas, se devolverá la cantidad aportada a cada socio siempre que no haya perdido derecho de devolución.


    3. De todos los beneficios (excedentes) en el capital inicial, es reservará un 10% para entregarlo a una ONG que será elegida durante el curso por votación de la Asamblea. El resto de excedentes es repartirán equitativamente entre los socios que no tengan sanciones.


    4. En el caso de existir pérdidas, se repartirá la cantidad entre todos los socios que o hayan perdido la calidad de socios y habrá entre todos hacer frente al gasto.

    Artículo 11. Faltas de los socios:


    Las faltas cometidas por los socios, según su importancia, trascendencia e intencionalidad, se clasifican en leves, graves y muy graves.


    Artículo 12. Faltas muy graves y sanción:


    Robar dinero de la cooperativa para uso propio. Es sancionará con una demanda popular desde la Asamblea, para que devuelva el dinero sustraído y una expulsión del la cooperativa directa. Si esta persona no devuelve el dinero puede incluso recibir una expulsión del centro.


    Artículo 13. Las faltas graves

    Ø  Faltas de respeto entre los socios en reunión o Asamblea.

    Ø  No realizar el trabajo encargado.

    Ø  Cometer algún acto que perjudique seriamente a la continuidad de la cooperativa.
    En estos casos, se darán dos avisos a los interesados
    ​​y al tercero se procederá a la baja del socio sometiéndolo a votación en reunión en la Asamblea. Esta siempre tendrá la última palabra y el interesado podrá ser escuchado para defender su postura. Cada aviso por par de la Asamblea será penalizado con 2 € menos a recibir de cuantía final incluidos si se diera el caso del capital inicial.


    La suspensión de la condición de socio consistirá en suspender el derecho a voz y voto en todas las reuniones y en el caso de ocupar algún cargo se le retirará y en su lugar se elegirá a otra persona socia.


    Artículo 14. Las faltas Leves

    Ø  No hacer el trabajo de acuerdo con las normas marcadas por el equipo.

    Ø  Llegar tarde a las reuniones.

    Ø  Tratar el material, productos, documentación etc. .. de la cooperativa mal.

     

    En este caso el primer aviso ya pasará de falta grave leve a muy grave.



     CAPÍTULO III. ARTÍCULO 15. ASAMBLEA GENERAL


    Aparte de la Asamblea de la Constitución de la cooperativa, se convocará otra Asamblea general a final de curso (fecha a determinar por la cooperativa). La convocatoria se hará llegar a todos los socios por lo menos con una semana de antelación. En la convocatoria se incluirá un orden del día.


    Dentro de esta Asamblea Final la cooperativa presenta a la Asamblea General una memoria final que incluirá el estado de las cuentas. La asamblea es necesario que apruebe el reparto del excedente excluyendo previamente:

    Ø  La cantidad destinada al retorno cooperativo entre los socios.

    Ø  La cuantía destinada a fondo social (ONG).

    Ø  Los asuntos a tratar en la asamblea no podrán ser otros que los fijados previamente a la orden del día.


    Reuniones
    Las reuniones ordinarias se desarrollarán cada viernes de 9 a 11 de la mañana. Se pueden convocar reuniones extraordinarias cuando los miembros de la cooperativa lo crean oportuno. Para que una reunión sea válida debe contar con la presencia del 50% de los socios +1.



     

     

     

     

     

     

     

     Descargar estatutos

    Catálogo

    https://prezi.com/ufyagq7k2z87/imocorp1516/

    Diario

    Cooperativa IMOCORP

    Centro: INSTITUT MUNICIPAL D'OCUPACIó SALVADOR SEGUí

    Direccion: Carrer Pare Palau, 5, Lleida, 25005, Lleida, España

    Correo Electrónico: imocorp1516@gmail.com

    Alumnos/as: 15

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Curso 2015-2016

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