Cadena de Formación de Emprendedores, Valnalon Educa

Ciudad Industrial del Valle del Nalón S.A.U. C/ Hornos Altos s/n, 33930 La Felguera, Asturias. España

Empresa Joven Europea

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Cooperativa OSEA

  • Presentación

                                             Oviedo, 10 de diciembre de2009

     ¡Hola! Somos un grupo de 13 alumnos/as de 4º de E.S.O del colegio Sagrada Familia, Oviedo (Asturias).

     Nuestros nombres son: Abraham Montoya Montoya, Adrián Corrales García, Asier Prado Pozo, Carlos Menéndez Cereijido, Covadonga Alonso Ramos, Jennifer Zamar Niembro, Joyce Steijger García, Luis Alberto Lallende Larralde, María Castro Barón, María Vaz Martínez, Mateo Álvarez Cuevas, Samuel Gómez Fernández y Sandra García Valdeòn.

    Es el primer año que damos esta área, y nos parece una iniciativa interesante para el futuro que nos espera el día de mañana. No conocíamos esta asignatura ni la posibilidad de su trabajo práctico. Fuimos informados/as por la profesora que la imparte. Nos pareció algo muy interesante, por ser distinta a las demás; nos parece: atractiva, creativa, participativa, amena y que nos proporcionará unos aprendizajes útiles para nuestro futuro, ya que aprenderemos a trabajar en grupo, a cooperar y a respetar el trabajo de los demás. Decidimos, después de “estudiar” varias propuestas, que el nombre de nuestra empresa ha de ser. “OSEA”, que significa Organización Siempre en Acción. El logotipo es el que se ve en el encabezado, nos costó algo más decidirnos por él, ya que no había unanimidad al haber muchas propuestas. A la vez estuvimos decidiendo cuantos departamentos y quienes iban a formar parte de ellos. Al final decidimos tener cuatro departamentos.

    1) Comunicación : Mateo ,Covadonga, María Vaz y Carlos

    2) Diseño: María Castro, Sandra y Samuel.

    3) Marketing: Joyce, Adrián y Luis

    4) Contabilidad: Asier, Jenny y Abraham.

    Cada departamento cuenta con un coordinador elegido por el propio departamento. También tenemos una coordinadora general, Sandra, que coordina la labor de todos los departamentos y si surgen conflictos entre los distintos cooperativistas. De presidenta tenemos a Joyce, de secretaria a María V, y de interventor a Asier. La profesora de área es Ana Luisa. Pero también contamos con la colaboración de varios profesores: Herminia, Covadonga y Carmen especialmente.

    Nuestro colegio es pequeño, con línea única desde infantil a 4º de la E.S.O. Esto hace que todos nos conozcamos ya que la mayoría llevamos varios años juntos. En el grupo hay alumnos de N.E.E. muy bien integrados que trabajan bajo la tutela de un compañero/a; también hay un grupo de alumnos/as que proceden del Programa de Diversificación Curricular.

    Estamos muy motivados y con ganas de conocer a nuestra cooperativa socia pero a la vez sentimos inquietud ante la elaboración del catálogo, venta de productos…etc. Esperamos llevar a cabo con éxito el proyecto.

    Un saludo, osea coop

    Foto de grupo

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    Estatutos

    ESTATUTOS COOPERATIVA OSEA Curso 2009/10 ESTATUTOS DE LA COOPERATIVA CAPÍTULO I INFORMACIÓN GENERAL Artículo 1.- Denominación El nombre de la cooperativa es OSEA COOP (significa Organización Siempre en Acción). Artículo 2.- Domicilio social Colegio Sagrada Familia C/ San Lázaro nº 23 33008 Oviedo (Principado de Asturias) Artículo 3.-Tipo de Actividad • Intercambiar una serie de productos mediante compra-venta de los bienes ofrecidos y ofertados por la cooperativa socia y nuestra cooperativa. • Venta de productos comestibles en el recreo escolar a los alumnos de Educación Secundaria del Colegio. • Venta de productos en las fiestas de Navidad y Carnaval. Artículo 4.- Duración de la actividad La actividad de la Cooperativa tendrá una duración de un curso escolar: 2009/10. Comenzará en octubre del año 2009 y finalizará en junio del 2010. Artículo 5.-Objeto social La cooperativa se crea dentro del marco del proyecto educativo de Empresa Joven Europea con una finalidad práctica y cuyo fin será conocer y poner en práctica los valores de la cooperación: equidad, democracia, igualdad, solidaridad. Tomar decisiones democráticamente. Gestionar un proyecto de forma cooperativa Reparto de tareas y recursos Interdependencia positiva Resultados colectivos Tener un primer contacto con la creación y gestión de una empresa. Esta cooperativa no está legalmente constituida, pero quedará registrada en el Registro Central De Cooperativas EJE y será administrada según las reglas de funcionamiento de una cooperativa real. Promoverá la participación de los socios trabajadores Será administrada por los socios trabajadores Pertenecerá a los socios trabajadores Contribuirá a la formación de los socios trabajadores CAPÍTULO I I NORMAS DE LA ASOCIACIÓN Artículo 6.-Requisitos para ser socios Los socios de la cooperativa serán los alumnos/as y profesores que promuevan la creación de la cooperativa y solicitan su registro al REGISTRO CENTRAL DE COOPERATIVAS EJE. Cada uno de los miembros debe realizar una aportación de capital. Esta aportación hace que los socios se comprometan a alcanzar los objetivos de la cooperativa y a respetar las reglas de funcionamiento. Artículo 7.-Capital social Para adquirir la condición de socio cada miembro aportará, como mínimo, 5 euros de capital social. Una vez realizada la aportación, el miembro recibirá un certificado que acredita su condición de socio. La propiedad de la aportación es intransferible. El hecho de realizar la aportación inicial es una condición necesaria pero no suficiente para optar a la devolución del mismo y a la distribución de excedentes. La devolución de la aportación se realizará al final del curso, una vez satisfechas todas las deudas contraídas por la cooperativa. Artículo 8.-Derechos de los socios Los socios de la Cooperativa tienen derecho a: • Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales. • Asistir, formular propuestas y participar con voz y voto en la adopción de acuerdos por la Asamblea General y demás órganos sociales de los que forman parte. • Recibir la información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Cooperativas y en los Estatutos. • Cada departamento tiene derecho a recibir una copia de los Estatutos de la Cooperativa y de las modificaciones que se vayan introduciendo en los mismos, con mención expresa del momento de entrada en vigor de éstas. • Todo socio tiene libre acceso a los Libros de Registro de socios de la Cooperativa, al libro de Actas de la Asamblea General y, si lo solicita, el Consejo Rector deberá proporcionarle copia certificada de los acuerdos adoptados en las Asambleas Generales. Artículo 9.-Obligaciones de los socios Los socios de la Cooperativa están obligados a: • Asistir a las reuniones de la Asamblea General y demás órganos de la cooperativa a los que pertenezcan o fuesen convocados. • Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos sociales de la cooperativa. • Participar en las actividades que constituyen el objeto de la cooperativa, mediante su personal trabajo durante las horas y días del calendario que fije la Asamblea General. • Guardar secreto sobre aquellos asuntos y datos de la cooperativa cuya divulgación pueda perjudicar a los intereses sociales de la Cooperativa Artículo 10.-Motivos de expulsión o penalización Los socios de la cooperativa podrán ser penalizados o expulsados si se dan las circunstancias siguientes: Motivos de Penalización: 1. Faltas de respeto: insultos, tratamiento inadecuado. 2. Interrupciones innecesarias durante el trabajo. 3. Falta de colaboración. 4. Entorpecimiento de las tareas que se encomienden. 5. No asistir sin causas justificadas a las Asambleas Generales 6. Comportamiento excéntrico y llamadas de atención continuas. Motivos de Expulsión: 1. Cualquiera que no aporte la cuota establecida no se beneficiara de la actividad. 2. Aquel que no tenga un comportamiento adecuado será expulsado y no obtendrá beneficios. 3. No realizar las actividades que constituyen objeto de la cooperativa 4. Apropiación indebida de materiales comunitarios 5. Tres faltas de penalización serán motivo de expulsión CAPÍTULO III REUNIONES Artículo 11.-Número mínimo de asistentes El número mínimo da asistentes para que tenga lugar la Asamblea General serán: • De los órganos de representación (presidente, secretario ,y tesorero ) tendrán que estar presentes dos por lo menos, una persona de cada departamento (diseño, marketing, comunicación y contabilidad) y el coordinador general o el asesor. Artículo 12.-Normas de convocatoria • La Asamblea General se convocará con una antelación mínima de dos días y máxima de 9 a la fecha prevista para su celebración. • La Asamblea General Extraordinaria se convocará a iniciativa del Consejo Rector, Coordinador General o a petición de un número de socios que representen al menos el 50 por 100 del total de votos. • Tendrá que ir acompañada de la Orden del Día de la misma. • La convocatoria se publicará en el tablón de la clase de 4º ESO. Artículo 13.-Derecho de voto. • Cada socio tiene derecho a un voto Artículo 14.-Acta de la Asamblea • El acta de la Asamblea , que redactará el/la Secretario/a expresará el lugar y la fecha de reunión ,el orden del día, relación nominativa de asistentes presentes y representados, un resumen de los asuntos debatidos, las intervenciones de las que se haya solicitado constancia en el acta, los acuerdos adoptados y los resultados de las votaciones. • El acta de la sesión deberá ser aprobada por la mayoría de los socios de la Asamblea General. El acta será firmada por el /la presidente/a, el/la secretario/a y el /la tesorero/a. Artículo 15.- Calendario • El horario de las Asambleas coincidirá con el horario de la asignatura EJE.: martes y jueves de 14 a 1 5 horas. • Las Asambleas se convocarán de forma ordinaria el último jueves de cada mes CAPÍTULO IV ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD LA ASAMBLEA GENERAL Artículo 16.-Composición y clases • La Asamblea General, constituida por los socios debidamente reunidos, es el órgano supremo de expresión de la voluntad social, para deliberar y adoptar acuerdos sobre las materias propias de su competencia. • Los acuerdos de la Asamblea General, adoptados conforme a la Leyes y a estos Estatutos obligan a todos los socios incluso a los ausentes de la reunión y a los disidentes. • Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias o extraordinarias. Artículo 17.-Competencias de la Asamblea General • La Asamblea General fijará la política general de la Cooperativa y podrá debatir sobre cualquier otro asunto de interés para la misma, siempre que conste en el orden del día. • Corresponde en exclusiva a la Asamblea General la adopción de los siguientes acuerdos: a) Nombramiento y revocación de los miembros del Consejo Rector. b) Examen de la gestión social y aprobación de las cuentas anuales y de la distribución de excedentes o imputación de pérdidas. c) Modificación de los Estatutos. d) Todos los demás acuerdos en que así lo establezca la Ley o los Estatutos. LOS DEPARTAMENTOS Y COORDINADORES Artículo 18.-Composición • Habrá un coordinador/a general • Un coordinador /a por cada departamento • Los departamentos establecidos son: 1. Departamento de comunicación 2. Departamento de diseño 3. Departamento de marketing 4. Departamento de contabilidad • El departamento de Recursos Humanos estará formado por todos los cooperativistas. EL CONSEJO RECTOR Artículo 19.-Naturaleza y competencia del Consejo Rector • El Consejo Rector es el órgano colegiado de gobierno, gestión y representación de la cooperativa, con sujeción a lo establecido en la Ley de Cooperativas, los Estatutos y la política general fijada por la Asamblea General. Artículo 20.-Composición El Consejo Rector se compone de tres miembros titulares Presidente, Secretario e Interventor. Artículo 21.-Elección • Pueden ser elegidos miembros del Consejo Rector los socios de la Cooperativa. • Los miembros del Consejo Rector serán elegidos por la Asamblea General tras la constitución de la cooperativa, en votación secreta, por el mayor número de votos válidamente emitidos. Artículo 22.-Responsabilidad de los miembros del Consejo Rector. • Los miembros del Consejo Rector desempeñarán su cargo con la diligencia debida, respetando los principios cooperativos. Deben guardar secreto sobre los datos que tengan carácter confidencial, aun después de cesar en sus funciones. • Los miembros del Consejo Rector responderán frente a la cooperativa y los socios del daño que causen por actos contrarios a la Ley o a los Estatutos o por no realizar con la debida diligencia las actividades propias de su cargo. Artículo 23.-Funciones del presidente • Representar a la Cooperativa • Autorizado/a para firmar y actuar en nombre de la cooperativa sobre todas aquellas decisiones que se aprueben por la mayoría de los partícipes de forma colegiada con el secretario/a y el interventor/a Artículo 24.-Funciones del secretario/a • Levantar actas de los acuerdos tomados en las Asambleas Generales • Convocar las asambleas conforme a los estatutos de la cooperativa y establecer el orden del día. • Autorizado/a para firmar y actuar en nombre de la cooperativa sobre todas aquellas decisiones que se aprueben por la mayoría de los partícipes de forma colegiada con el presidente/a y el interventor/a. Artículo 25.-Funciones del interventor/a • Controlar la llevanza de los libros de la cooperativa • Proponer las cuentas de resultados de las actividades de la cooperativa para su aprobación o denegación a la Asamblea General mediante un informe emitido al efecto, así como la propuesta de distribuir los excedentes o el cómputo de pérdidas. • Firmar las cuentas junto con el presidente/a y secretario/a una vez aprobadas • Autorizado/a para firmar y actuar en nombre de la cooperativa sobre todas aquellas decisiones que se aprueben por la mayoría de los partícipes de forma colegiada con el presidente/a y el secretario/a. CAPÍTULO V RÉGIMEN ECONÓMICO Artículo 26.-Capital social • El capital social estará constituido por las aportaciones obligatorias y voluntarias efectuadas por los socios. • Las aportaciones al capital social se acreditarán mediante títulos nominativos. • La aportación del profesor de la asignatura será considerada de carácter especial y le otorga voz pero no voto en los acuerdos de la Asamblea. • La responsabilidad de los socios por las deudas sociales estará limitada a las aportaciones al capital social que hubiera suscrito. • La Asamblea General podrá decidir por unanimidad realizar ampliaciones de capital en caso que la actividad lo requiere Artículo 27.-Capital social mínimo • El capital social mínimo con el que puede funcionar la Cooperativa no será inferior a 120 euros y estará desembolsado y suscrito íntegramente al finalizar diciembre del 2009. Artículo 28.-Cuentas anuales • En la tercera semana de junio de 2010 quedará cerrado el ejercicio económico de la cooperativa procediéndose a calcular el resultado de las operaciones. • La determinación de los resultados del ejercicio de la cooperativa se llevará a cabo conforme a la normativa general contable. Artículo 29.-Distribución del excedente • En la última semana de junio de 2010 se procederá a la disolución de la sociedad , distribuyendo los fondos resultantes de la liquidación de la siguiente manera: - En primer lugar se procederá a devolver las aportaciones realizadas por los socios. - A continuación se repartirá el excedente de la actividad, si lo hubiere. Dicho excedente se repartirá de la siguiente manera: 1. El 10% del excedente se destinará a obra social. La Asamblea Constituyente ha decidido que dichos fondos se donen a la Asociación de Síndrome de Down con domicilio en Oviedo. 2. El 90% restante será repartido entre los socios en proporción directa al capital aportado y al trabajo desarrollado en la cooperativa. CAPÍTULO VI LIBROS Y CONTABILIDAD Artículo 30.-Documentación • La cooperativa llevará en orden y al día los siguientes libros: 1. Libro de registro de socios 2. Libro de registro de aportaciones al capital social 3. Libro de actas de la Asamblea General 4. Libro de inventarios y cuentas anuales 5. Libro diario de la cooperativa Artículo 31.-Las cuentas • Los informes de las cuentas se presentarán a los socios cooperativistas cada final de mes y serán supervisadas previamente por el interventor. CAPÍTULO VII DISOLUCIÓN Artículo 32.-Disolución • La disolución se realizará durante la última semana del mes de junio de 2010, al finalizar el curso académico. DISPOSICIÓN FINAL: SOBRE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE Las discrepancias que puedan surgir en la Cooperativa entre los socios serán sometidas a la mediación, la conciliación o el arbitraje de la profesora de la asignatura, Dª Ana Luisa Sedano Sedano En Oviedo, a 1 de diciembre de 2009 Fdo.: Dña. Joyce Steijger García Fdo.: Dña. María Vaz Martínez Fdo.: Don. Asier Prado Pozo Fdo.: Dña. Ana Luisa Sedano Sedano

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    Diario

    Cooperativa OSEA

    Centro: COL SAGRADA FAMILIA OVIEDO

    Direccion: San Lázaro 23, Oviedo, 33008, Asturias, España

    Correo Electrónico: cooperativaosea@hotmail.com

    Alumnos/as: 15

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2009-2010

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