Cadena de Formación de Emprendedores, Valnalon Educa

Ciudad Industrial del Valle del Nalón S.A.U. C/ Hornos Altos s/n, 33930 La Felguera, Asturias. España

Empresa Joven Europea

Contenido Pie de página

Cooperativa JENKARS

  • Presentación

    PRESENTACIÓN: Somos un grupo de 4 chicos y 7 chicas de 4º curso de la E.S.O. del colegio Beata Imelda (La Felguera). Nuestra ciudad, tiene entorno unos 20.000 habitantes y se encuentra en el Valle del Nalón, zona central de Asturias, a una distancia de unos 24 km de Oviedo (la capital). Como recuerdo a un pasado más industrial y minero tenemos el museo de la minería “MUMI” y el de la siderurgia “MUSI” que merece la pena visitar. En nuestro centro se imparte Educación Infantil, Educación Primaria y Secundaria. Este año, en Octubre, celebramos un acontecimiento muy importante para nosotros: La Canonización del Padre Coll, nuestro fundador. Hemos elegido la asignatura Empresa Joven Europea (EJE), porque nuestros compañeros del curso anterior nos han contado como se trabaja y nos pareció interesante, porque nos presenta otra forma diferente de aprender y a su vez nos da a conocer el mundo del trabajo y de la empresa. Nos preocupa que la cooperativa no funcione bien porque nosotros/as no sepamos trabajar en equipo. Un saludo JENKARS.

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    Organigrama

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    Estatutos

    SOCIEDAD COOPERATIVA JENKARS CAPITULO I Denominación, Domicilio, Actividades y duración. Artículo 1._ DENOMINACIÓN Y RÉGIMEN SOCIAL. Con la denominación JENKARS se constituye una sociedad cooperativa de trabajo. Artículo 2._ DOMICILIO SOCIAL. El domicilio social de la cooperativa se establece en la calle Horacio Fernández Inguanzo ``El Paisano´´11, Langreo 33930 Asturias. Artículo 3._ ÁMBITO TERRITORIAL. El ámbito territorial en el que los socios prestan su trabajo cooperativo, es el correspondiente a Asturias y al resto del territorio nacional. Artículo 4._ ACTIVIDAD ECONÓMICA. Las actividades económicas que desarrollará la Cooperativa, para el cumplimiento de un objetivo social, son: Compra, Distribución y Venta de productos. Artículo 5._ OBJETO SOCIAL. El objeto social es eminentemente didáctico, permitiendo a sus integrantes: • Conocer y poner en práctica los valores de la cooperación. • Tomar decisiones democráticamente. • Gestionar un proyecto de forma cooperativa. • Tener un primer contacto con la creación y gestión de una empresa. Artículo 6._ DURACIÓN DE LA ACTIVIDAD. La actividad de la cooperativa tiene un tiempo limitado. Comienza en el mes de Septiembre de 2009 y finaliza en junio de 2010. CAPITULO II De los socios. Artículo 7._ PERSONAS QUE PUEDEN SER SOCIOS. Pueden ser socios los alumnos y alumnas del colegio ``BEATA IMELDA´´ que estén en 4º curso de la E.S.O. y hayan escogido como asignatura optativa EJE (Empresa Joven Europea). Artículo 8._ APORTACIÓN OBLIGATORIA. Para adquirir la condición de ser socio será necesario haber abonado 15€ de cuota obligatoria. Artículo 9._ DERECHOS DE LOS SOCIOS. La condición de socio otorga los siguientes derechos: • Participar en el objetivo social de la cooperativa. • Ser elector y elegible para los cargos sociales. • Participar con voz y voto en la adopción de acuerdos de la Asamblea General y demás órganos sociales de los que formen parte. • Obtener información sobre cualquier aspecto de la marcha de la cooperativa. • Recibir la liquidación de su aportación en el momento de la disolución de la Cooperativa. • Participar en el reparto de los beneficios de la cooperativa si los hubiera. Artículo 10._ DEBERES DE LOS SOCIOS. La condición de socio obliga a asumir los siguientes deberes: • Asistir a las reuniones de la Asamblea General. • Acatar las decisiones adoptadas de manera democrática por la cooperativa. • Aceptar los cargos sociales para los que fuesen elegidos, y asumir las responsabilidades. • Participar en las actividades de formación e intercooperación de la entidad. Artículo 11._ MOTIVOS DE EXPULSIÓN. Los socios podrán ser sancionados con la expulsión de la Cooperativa en los siguientes casos: a. Por apropiarse del capital de la Cooperativa. b. Ausencia de forma reiterada. Artículo 12._ MOTIVOS DE PENALIZACIÓN. Los socios podrán ser sancionados por las siguientes faltas: a. Falta de disciplina en el trabajo. b. Por retraso, negligencia o incumplimiento de sus tareas. c. Desconsideración con el público en el ejercicio del trabajo. d. Rechazo de los cargos sociales para los que fuesen elegido. Artículo 13._ SANCIONES. Las sanciones que se podrán imponer a los socios trabajadores para la comisión de las faltas mencionadas como motivos de penalización serán: a. Registro en el parte como falta leve y penalización según el Reglamento interno del Centro. b. Repercusión en la calificación final de la asignatura. CAPITULO III Órganos de representación. ASAMBLEA GENERAL. Artículo 14._ COMPOSICIÓN La Asamblea General es la reunión de los socios trabajadores para deliberar y tomar acuerdos como órgano supremo de expresión. Los acuerdos de la Asamblea General obligan a todos los socios trabajadores, incluso a los disidentes y a los que no hayan participado en la reunión. Artículo 15._COMPETENCIAS. La Asamblea General puede debatir sobre cualquier asunto de interés de la Cooperativa. Nombramiento y renovación de los miembros del Consejo Rector. Examen de gestión social, aprobación de cuentas. Artículo 16._FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA. a) Presidirá la Asamblea el Presidente del Consejo Rector y actuará de secretario el que lo sea del Consejo Rector. b) Cada socio de la Cooperativa tiene derecho a un voto. c) El acta de la Asamblea, que deberá redactar la secretaria de la misma, expresará el lugar y la fecha de las deliberaciones, el número de socios asistentes, un resumen de los asuntos debatidos, los acuerdos adoptados y los resultados de las votaciones. CONSEJO RECTOR. Artículo 17._CONCEPTO. El Consejo Rector es el órgano de representación y gestión de la Sociedad Cooperativa. Artículo 18._ COMPOSICIÓN. El Consejo Rector se compondrá de tres miembros titulares. Los cargos serán: Presidente, Secretario e interventor. Articulo 19._FUNCIONES. 1. El Presidente de la Cooperativa también lo es del Consejo Rector y de la Asamblea General. Conocer y presidir las reuniones. Firmar con el secretario las actas de las reuniones y demás documentos. 2. El Secretario ha de llevar la documentación social de la Cooperativa y redactar el acta de las sesiones del Consejo Rector y de la Asamblea General. 3. El interventor custodiará los fondos de la Cooperativa y supervisará los documentos de la contabilidad y los estados financieros de la Cooperativa. CAPITULO IV Reuniones. Artículo 20._NÚMERO MÍNIMO DE ASISTENTES. El número mínimo de asistentes para que la reunión sea válida ha de ser de siete personas de un total de once socios que tiene la Cooperativa. Artículo 21._Normas de convocatoria. Las convocatorias deberán efectuarse mediante publicación ene le tablón de anuncios dos días antes del día marcado. La convocatoria tendrá que expresar los asuntos a tratar en el orden del día, lugar y hora. Artículo 22._CALENDARIO. Las reuniones ordinarias se desarrollaran todos los miércoles de 13:30 horas a 14:25 horas y los viernes de 09:25 horas a 10:20 horas a excepción de los periodos de vacaciones. Se pueden convocar reuniones extraordinarias cuando los miembros de la Cooperativa lo estimen oportuno. CAPITULO V De la disolución y liquidación. Artículo 23._CAUSAS DE LA DISOLUCIÓN. La Cooperativa dará por finalizado su actividad al finalizar el curso escolar 2009-2010. Artículo 24._DISTRIBUCIÓN DE EXCEDENTES. Una vez saldadas las deudas sociales se repartirá a los socios las aportaciones al capital social. De haber excedentes se hará un reparto de forma equitativa correspondiente al 80% para todos los socios de la Cooperativa y el 20% para una ONG a determinar en su momento

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    Diario

    Cooperativa JENKARS

    Centro: COL BEATA IMELDA

    Direccion: Horacio Fernández Ingüanzo El Paisano, La Felguera, 33930, Asturias, España

    Correo Electrónico: jenkars@gmail.com

    Alumnos/as: 11

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2009-2010

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